Capítulo VIII – Extinción de la Relación

La relación del docente con la Universidad concluye por las siguientes causas, sin perjuicio de las establecidas por el Estatuto Universitario:

a) Renuncia
b) Jubilación cuando la normativa así lo disponga.
c) Aplicación de sanciones de cesantía o exoneración.
d) Fallecimiento.
e) Conclusión o vencimiento del plazo de designación.
f) Hallarse incurso en violación a las circunstancias descriptas en el artículo 5.

La jubilación, la intimación a jubilarse y la renuncia se regirán por la normativa vigente en la materia.