IMPUESTO A LAS GANANCIAS 2016

Para ADUBA resulta evidente que ganancia y remuneración son conceptos absolutamente distintos y diametralmente contrapuestos, por lo cual carece de absoluta legalidad y legitimidad extender el impuesto a las ganancias a los salarios

EL SALARIO NO ES GANANCIA
A través del decreto 394 se formalizaron los cambios del impuesto a las ganancias que se venían anunciando desde fines del año 2015. De esta manera, se modificaron los parámetros del tributo, siendo el mínimo no imponible de 245.444 $/año para aquel docente sin carga de familia  y de 325.000 $/año para aquellos docentes casados y con 2 hijos a su cargo. Esto es aplicado exclusivamente para docentes en relación de dependencia y jubilados, ya que para aquellos que se desempeñen en forma independiente o contratados se debe realizar otro cálculo. Estos cambios del impuesto a las ganancias estarán vigentes durante todo el año 2016.
Desde ADUBA creamos una guía que explica los efectos de los cambiosde qué manera se puede descargar el peso del impuesto.

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